La Constitución de 1917 y La Presidencia de Carranza

Venustiano CarranzaPor ese entonces se convocó a un Congreso Constituyente en la Ciudad de Querétaro, al que concurrieron diputados de todo el país, aunque hay quienes afirman que fueron deliberadamente excluidos los adversarios ideológicos del carrancismo. Los integrantes de este Congreso Constituyente se aplicaron a elaborar la nueva Constitución Federal, que en cierto modo siguió muchos principios de la anterior, la de 1857, aunque en no pocos artículos se introdujeron reformas, o se establecieron principios completamente nuevos, sobre todo en lo referente a la reforma agraria, que impulsó la desaparición del régimen feudal pre-existente y la consecuente distribución de la tierra. Del mismo modo se plasmaron cambios radicales en lo que ve a la protección de la clase obrera. Los aspectos educativo y de la laicisidad del estado mexicano, también fueron introducidos en el texto constitucional. El Proyecto original de la Constitución estuvo redactado por los diputados José Natividad Macías, Félix F. Palavicini, Luis Manuel Rojas, Alfonso Cravioto, Manuel Andrade y Juan N. Frías, pero en el curso del debate, el contenido fue modificado hasta alcanzar su forma final, que fue promulgada el 5 de febrero de 1917.

Entre sus normas fundamentales, pueden mencionarse las siguientes:

El Artículo 1º estableció el otorgamiento de “garantías” o derechos individuales a toda clase de personas.
El Artículo 2 prohibió la esclavitud.
El Artículo 3 estableció la educación laica para escuelas oficiales y particulares.
El Artículo 4 consagró la libertad de trabajo.
El Artículo 5 prohibió los votos religiosos y el establecimiento de órdenes religiosas.
El Artículo 7 prescribió la libertad de imprenta.
El Artículo 24 estableció la libertad de creencias, pero prohibió todo acto de culto externo fuera de los templos o de las casas particulares.
El Artículo 27 estableció el antiguo principio español del dominio de la nación sobre subsuelo. Consagró el reparto de la tierra; y perpetuó la nacionalización de los bienes eclesiásticos y prohibir la existencia de colegios eclesiásticos, conventos, obispados y demás.
El Artículo 39 consagró el principio de la soberanía nacional.
El Artículo 40 señalo que el régimen del gobierno era el de una república representativa, democrática y federal.
El Artículo 49 dividió el ejercicio del Supremo Poder de la Federación en tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Federal
El Artículo 50 indicó que el Congreso Legislativo se formaría por un Congreso con dos Cámaras, una cámara alta y otra baja, es decir, la de senadores y la de diputados.
El Artículo 80 consagró como depositario del Poder Ejecutivo al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
El Artículo 94 puso las bases del poder Judicial de la Federación.
El Artículo 107 consagró el “Juicio de Amparo”.
El Artículo 115 puso las bases del municipio libre.
El Artículo 123 estableció un régimen de protección a la clase trabajadora.
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